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jueves, 7 de julio de 2011

Exigimos que cese la impunidad en el caso de tortura contra José Matheus

Nota de prensa
Caracas, 29 de junio de 2011. Han pasado once años desde que José Francisco Matheus interpuso una denuncia ante el Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo, para solicitar la apertura de una investigación por las violaciones de derechos humanos cometidas en su contra. Matheus denunció que fue torturado por funcionarios de la Policía del Estado Zulia, en el año 2000, ya que lo habían vinculado con el secuestro de la doctora Maritza Serizawa, pero las investigaciones demostraron luego que no tenía responsabilidad en ese hecho.
En once años de impunidad, el caso de tortura contra Matheus ha padecido una serie de irregularidades y vicios, entre ellos que en un periodo de dos años el Tribunal 4 de Juicio de Zulia ha tenido seis jueces distintos y que en el año 2009 introdujimos un recurso de amparo que ordenó la apertura de juicio, el cual fue desacatado por el Tribunal 4to de Juicio del estado Zulia.
A comienzos del mes de junio de este año, cuando esperábamos que finalmente se diera inicio al juicio oral y público por la violación del derecho a la integridad personal de José Francisco Matheus, el juez provisional Liexcer Díaz, del Tribunal Cuarto de Juicio del Edo. Zulia, decretó sobreseimiento por prescripción de los delitos de lesiones intencionales gravísimas y abuso de autoridad, presuntamente cometidos por estos funcionarios de la Policía del Edo. Zulia.
El juez hizo errónea aplicación del Derecho, al desconocer que por mandato del Artículo 29 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las violaciones de derechos humanos son imprescriptibles; es decir, los responsables pueden ser juzgados y sancionados en cualquier momento, sin importar el paso del tiempo.
La prescripción es la extinción de la acción penal y la imposibilidad de perseguir penalmente al autor de un delito, en virtud del paso del tiempo. El desconocimiento de esta norma constitucional y de este principio básico de derechos humanos es inaceptable y constituye un mecanismo que consolida la impunidad y la injusticia. Es alarmante que tengamos operadores de justicia que cometan errores de esta índole. Asimismo, la impunidad tiene un efecto retraumatizante para Matheus, quien fue víctima de tortura, y además ha sido revictimizado por la impunidad y la denegación de justicia. En este sentido, solicitamos:
- Que se destituya al juez Liexcer Díaz Cuba, como medida de sanción por la grave falta en la que ha incurrido.
- Que se haga una intervención del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, ya que numerosos tribunales y operadores de justicia han mostrado su desconocimiento de las leyes, la Constitución de la República y los tratados, pactos y convenios en materia de derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela.
- Que la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se avoque de oficio al conocimiento de la causa 4M-651-09, del Tribunal 4 de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, tal como hizo dicha Sala en la Sentencia N° 317, relacionada con el juicio seguido al ciudadano ÍTALO AUGUSTO DEL VALLE ALLIEGRO, expediente N° 2010-201, Ponente Magistrado Doctor ELADIO RAMÓN APONTE APONTE.
Síntesis del caso Matheus
El 1 de Marzo del 2000, una comisión de la Policía del Estado Zulia (integrada por Luis Oswaldo Curiel Fernández, Ingribeth Vanesa Morales Ramírez, Wilmer Enrique Ballesteros Ortigoza, Arquímedes Terán, Jefry Enrique Ríos Mavarez, Wilmer Javier Correa Marín, Eddy Segundo Larrazabal Alvarado, José Eugenio Quintero Barreto, José Ramón Rirela Torres, Alberto Enrique Lubo Selen) irrumpió en el domicilio de José Francisco Matheus, sin orden de detención ni allanamiento, y lo detuvieron. No le informaron el motivo de su detención, ni mucho menos por qué. Ninguno de los doce funcionarios que participaron en este procedimiento llevaba esposas, por lo que Matheus fue amarrado con mecate.
Uno de los vecinos preguntó el motivo de su detención y le respondieron que estaba detenido por el secuestro de la doctora Maritza Serizawa. Luego, lo llevaron a una serie de sitios como la carretera Palito Blanco, en la intersección del aeropuerto, en el sector Los Dulces, en Maracaibo, estado Zulia; y la División de Investigaciones Penales de la Policía Regional, donde lo torturan una y otra vez, con los mas varios métodos (desde quemaduras en la piel, descargas eléctricas en partes del cuerpo; inhalación de gases tóxicos, lo que le provocó asfixia; y hasta dislocación de sus brazos) para tratar de que confesara su supuesto crimen, así como el paradero de su supuesta víctima. Como Francisco no contestó porque no sabía, siguió la tortura.
Una vez recibido en el Comando Regional Nº 3, tomaron la declaración de Matheus y continuaron “los agotadores interrogatorios”, tras el examen forense. A las 11:30 p.m., el Comandante del Grupo Anti extorsión y Secuestro ordenó su traslado hasta el Retén “El Marite”, sin una orden judicial, ni haber sido puesto a la orden del Ministerio Público o de un juez. José Francisco Matheus González estuvo once días encerrado en una celda oscura, incomunicado, sin luz eléctrica, en condiciones de suciedad y expuesto a los insectos. Sólo se permitió la atención a Matheus por parte de los mismos presos, luego de que estos protestaran a gritos. Días después, fue trasladado a la enfermería y tratado con medicamentos. Finalmente, el prefecto del Municipio, Giancarlo Di Martino, ordenó su libertad.
Las investigaciones sobre el caso del secuestro de la doctora Maritza Serizawa demostraron que José Matheus González no tuvo nada que ver con el caso y que no había nada que lo vinculara a él. Sin embargo, para Matheus ya nada sería lo mismo. Once años después, las consecuencias de la tortura continúan.



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