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lunes, 9 de enero de 2012

Sr. Alcalde Pedro Bastidas: ¿es esto un trato digno?

Con mucha frecuencia Uds deben haber visto una situacion como esta:

Un grupo de trabajadores, con franelas rojas, encaramados en un camión, sin proteccion contra sol y lluvia, sin asientos, junto con la basura que recogen.

Esta indignante situacion viola flagrantemente, a la vista de todos los contribuyentes, y de las autoridades, la LOPCYMAT. (Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, la cual es una reforma promulgada el 26 de julio de 2005 en Gaceta Oficial 38.236)

Lo mas grave es que estos son contratistas de la Alcaldia de Girardot, quien supuestamente está beneficiando a estos humildes trabajadores, con un trabajo digno, en condiciones dignas.

Uds se imaginan lo que le ocurriría a alguna empresa privada que se atreviera publicamente a este vejamen? Uds se imaginan a Polar, a la Owens, a la antigua Agroisleña, haciendo una barbaridad como esta en plena via publica?

El artículo 4 de la LOPCYMAT explica su ámbito de aplicación

* Empresas públicas o privadas, persigan o no fines de lucro
* Cooperativas u otras formas asociativas, comunitarias de carácter productivo o de servicios

Cabe destacar que toda empresa o subcontratista, especialmente del área de la construcción, que aspire a negociar con el Estado, deberá cumplir con los extremos de todas las normativas vigentes relativas a las condiciones y medio ambiente del trabajo

Infracciones graves (artículo 199 de la LOPCYMAT)

Sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales, administrativas o disciplinarias, se sancionará al empleador o empleadora con multas de veintiséis a setenta y cinco unidades tributarias (26 a 75 U.T) POR CADA TRABAJADOR EXPUESTO cuando

* No cree o mantenga actualizado un sistema de información de prevención, seguridad y salud laborales de conformidad con esta Ley
* No diseñe o implemente una política de seguridad y salud en el trabajo
* No permita u obstaculice a través de cualquier medio las elecciones de los Delegados de Prevención
* No desarrolle programas de educación y capacitación técnica para los trabajadores en materia de seguridad
* No desarrolle o mantenga un sistema de vigilancia epidemiológica de accidentes y enfermedades ocupacionales
* No informe por escrito a los trabajadores y al Comité de Seguridad y Salud Laboral de los principios y de las condiciones peligrosas del centro de trabajo

Tiene la palabra el ciudadano Alcalde Pedro Bastidas!

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