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martes, 10 de enero de 2012

Violación de Derechos Humanos

Siempre solemos escuchar  y repetir  frases que intentan de alguna manera evidenciar una situación que no está bien; por ejemplo: “Tanto va el cántaro a la fuente hasta que se revienta”. Existe en cambio otra que  escuchamos muy a menudo por la radio, la televisión, entre nuestros compañeros y compañeras de trabajo, entre los vecinos y vecinas  y es la siguiente: “Esto o aquello es una violación de derechos humanos”.
Quizás si somos servidores o servidoras de alguna institución del Estado venezolano nos habremos encontrado con que alguna persona o colectivo destinatarios de nuestro servicio nos haya expresado, frente alguna repuesta inoportuna o  poco acertada de nuestra parte bien sea como servidores y servidoras o como institución: “Me estás violando mis derechos”.
Si esto nos llegase a ocurrir es el momento de dar un alto y revisar el servicio que prestamos en la institución y el servicio que esta presta a la ciudadanía,  por la sencilla razón que es una institución GARANTE DE DERECHOS.
Resulta que en Venezuela existe un contrato social donde están  unos acuerdos entre el Estado por medio de sus instituciones y la sociedad en general. Estas son  las normas del juego. Este contrato social se llama: Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la cual fue firmada por todos los venezolanos y las venezolanas en el año 1999, por medio de una gran consulta denominada la constituyente. En ese contrato se estableció ampliamente cuales son las obligaciones del Estado y de sus funcionarios y funcionarias hoy día llamados y llamadas servidores y servidoras púbicos.
Los compromisos más importantes se desprenden del artículo 2 de la mencionada Constitución, el cual nos dice que: “Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna (…) la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político” y más adelante afirma lo siguiente en su artículo 19: “ El Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público, de conformidad con esta Constitución, con los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República y con las leyes que los desarrollen”.
Resulta que cuando esto no se cumple el Estado está  rompiendo un compromiso asumido con toda la ciudadanía que estaba consumado en el contrato social. Es en este momento  cuando ocurre una VIOLACIÓN DE DERECHOS HUMANOS, y  se denomina así puesto qué,  el que dio su palabra de que esto o aquello no sucedería  y no la  cumple, está violando entonces su promesa y en Venezuela el único que juro que iba a hacer hasta lo imposible por garantizar un conjunto de necesidades humanas para alcanzar la mayor suma de felicidad posible para todos y todas fue el Estado Venezolano como bien lo podemos ver en los artículos citados.
Ahora bien ¿qué tiene que ver esto con los servidoras y servidores públicos?  Muy sencillo, el Estado Venezolano representado por los cinco poderes públicos cumple su promesa, su palabra dada, por medio de personas concretas y de estructuras concretas que intentan cumplir con las promesas adquiridas por medio de la constitución. En este sentido, los servidores y servidoras son los y las garantes y responsables de cumplir con esta promesa de velar y garantizar por los derechos humanos de todos los venezolanos y todas las venezolanas.
Vayamos ahora a la vida cotidiana y veamos cómo se hace efectiva esta realidad; por ejemplo: Si alguna persona se siente mal y acude a cualquier centro médico y este no cuenta con los insumos necesario para atenderle y por ende le remiten a otra institución, en ese momento existe una violación de derecho a la salud puesto que, el Estado se comprometió a garantizar lo necesario para que la persona pudiese disfrutar de una atención médica oportuna, eficiente y eficaz.
Otro ejemplo: cuando llegamos algún ministerio del poder ejecutivo solicitando alguna información y/o  a realizar algún planteamiento  y el servidor o servidora  no nos quiere atender, ni escuchar, por creer no tener competencia en la materia  o porque sencillamente no está de humor, en ese momento ocurre una violación de derechos humanos puesto que el Estado está en la obligación  de atender y responder eficaz y oportunamente ante cualquier planteamiento o solicitud  que se le realice. En este sentido, en ambos ejemplos se estaría dando una violación de derechos humanos por omisión.
Existen algunas violaciones de derechos humanos que acarrean responsabilidades penales y administrativas e  inclusive ambas según sea el caso. Por ello,  cada servidor y servidora debe asumir su actividad con mucha conciencia y con mucha responsabilidad y saber que él o ella son garantes de derecho y también pueden ser violadores o violadoras de derechos humanos todos dependerá de cuánta preparación posea para el ejercicio de su función y cuánta disposición tenga para ejercerla lo mejor posible. Pero el mentir al colectivo como lo hacen algunos gobernadores y alcaldes. Quitandole las llaves de las casas que entregaron cuando eran trasmistido en directo pòr los medios de comunicacion. O  prometerle a los trabajadores informales que levantaria  los dias de parada. Usando una  hermeneutica ironica, porque los dias de paradas  seran quitado solo a los que vayan reubicando y no dejandolos trabajar  sin dias de paradas hasta que comenzare la .El engaño del servidor o servidoras  tambien es una violacion de los derechos humanos, que  merece ser castigada con responsabilidades penales y administrativas, y no solo con el voto castigo porque eso servidores o servidoras se rein del pueblo" esto no es socialismo sino imperialismo puro yo soy el que mando porque tengo el poder".  . 

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