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lunes, 6 de junio de 2011

¿Cuándo recurrir a instancias internacionales?

Liliana Cadena//

5/6/11, Diario La Voz
Caso Jean Manuel Mijares
Éste es el caso de Jean Manuel Mijares, quien el 7 de agosto de 2006 fue torturado por parte de cinco efectivos de la Policía Metropolitana (Robert González, Luis Cardier, Kennys González, Miguel Barrios y Richard Enrique Tovar López), con la excusa del presunto robo del carro del Policía Metropolitano, Richard Enrique Tovar López.
La tortura de Jean Manuel comenzó en la sede de la Policía Metropolitana de la Zona 10 de El Valle, donde lo golpearon en la cabeza, ojo y tórax, con puntapiés, puños y un palo de madera envuelto en tela; le colocaron una bolsa en la cabeza con una sustancia presumiblemente tóxica, al tiempo que lo presionaron en la región media del cuello y le indicaron que, cuando ya no pudiera respirar, avisara tocando al funcionario entre las piernas. También le aplicaron esa sustancia en la boca y fosas nasales, causándole quemaduras de primer grado. Los funcionarios amenazaron con matarlo.
Luego, los PM trasladaron a Mijares hasta un lugar en Petare, cercano a unos edificios, y le ordenaron que saliera de la patrulla. Jean Manuel se negó, por lo que uno de los funcionarios colocó una pistola en su boca y, nuevamente, lo amenazó de muerte. Jean Manuel gritó y los vecinos comenzaron a encender las luces de los apartamentos, y los funcionarios decidieron llevárselo a la Policía Metropolitana de la Zona 7, pero allí no lo recibieron debido a su deteriorado estado de salud.
Los trasladaron entonces al Hospital de Lídice Jesús Yerena, y le solicitaron un “informe médico”. Una vez que lo tienen, lo llevaron de nuevo a la Zona 7, donde finalmente lo ingresaron para ser presentado el día 8 de agosto de 2006 (al día siguiente) ante el Tribunal 18 de Control de la Circunscripción Judicial de Caracas, por la presunta comisión del delito de porte ilícito de arma de fuego, cargo presentado por el Fiscal 42º del Ministerio Público. Este concedió a Jean Manuel Mijares libertad plena por no encontrarse elemento incriminatorio en su contra. Acto seguido, Mijares decidió demandar a estos policías de la PM.
Recorrido judicial del caso
El 28 de marzo de 2009 se celebró la audiencia preliminar en el Tribunal 38 en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en la cual el Fiscal 83, Elvis Ramírez, presentó la acusación fiscal contra los PM, por los delitos de lesiones personales intencionales leves en grado de complicidad correspectiva, torturas, violación de domicilio y privación ilegítima de libertad.
La jueza Yhosmar González de Delgado admitió parcialmente la acusación, ya que no se aceptó el delito de lesiones personales intencionales leves en grado de complicidad correspectiva, declarando el sobreseimiento del mismo. Según el criterio de la jueza, el delito estaba prescrito (esto se refiere a la extinción de la acción penal por el transcurso del tiempo, es como una fecha de vencimiento), desconociendo que las violaciones de derechos humanos son imprescriptibles. En esta audiencia se ordenó el pase a juicio.
El 04 de diciembre de 2009 se dio la apertura del juicio oral y público en el Tribunal 14 de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Carcas, el cual concluyó el 15 de diciembre del mismo año, fecha en la cual la jueza Ninfa Esther Díaz Bermúdez absolvió a los acusados por la violación de domicilio, la tortura y la privación ilegítima de libertad y, en consecuencia, se ordenó la libertad de los mismos.
El 07 de mayo de 2010, el Fiscal 83 (Auxiliar) Heyker Campione apeló la sentencia absolutoria y el caso queda asignado a la Sala 8 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.
Finalmente, el 17 de marzo de 2011, la Fiscal 83, Alba Martínez, presentó ante la Sala 8 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual desistió del recurso de apelación interpuesto por el Fiscal 83 (Auxiliar) Heyker Campione, considerando que la argumentación legal no era la más adecuada para proceder a una apelación. En conclusión, quedó definitivamente firme la sentencia absolutoria.
La justicia más allá de nuestras fronteras
Tal vez se preguntarán: ¿qué podemos hacer en casos como éste, en los que la justicia venezolana dicta una sentencia absolutoria definitivamente firme que deja en libertad a quienes cometieron violaciones de los derechos humanos? Podríamos recurrir a instancias internacionales, pues una de las condiciones que debe tener un caso para ser denunciado fuera de nuestras fronteras es haber agotado todas las vías internas en el país de origen.
Las naciones que forman parte de la Organización de Estados Americanos (OEA), como Venezuela, pueden presentar las peticiones ante la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos, quien a su vez las elevará ante la Corte Interamericana de los Derechos Humanos.
Lo importante es seguir luchando con perseverancia para obtener justicia, también haciendo uso alternativo del derecho porque las VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS NO PRESCRIBEN.
¿Qué podemos hacer como ciudadanos y ciudadanas para que no se repitan casos como éste?
En primer lugar, denunciar cualquier violación de derechos humanos que nos ocurran o de la que tengamos conocimiento.
También podemos organizarnos dentro de nuestras comunidades en comités y participar activamente en el Observatorio Ciudadano de Justicia Penal y los Derechos Humanos. Para más información ingrese en: www.observatoriodejusticia.org
En tercer lugar, demostrar nuestra solidaridad a Jean Manuel Mijares y a su familia, participando activamente en las actividades que con motivo del día Internacional de Solidaridad con Víctimas de Tortura se organizan desde la Red de Apoyo por la Justicia y la Paz, el próximo 29 de junio.
Cuarto lugar, enviar una carta al Tribunal Supremo de Justicia protestando por esta decisión.







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