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martes, 7 de junio de 2011

Lo que le falta a la propuesta de Ley de Desarme y Control de Municiones II

Controles Exhaustivos a la Producción e Importación.
En el comentario anterior argumentaba que la propuesta de Ley de Armas y Control de Municiones en manos de la Asamblea Nacional, que se aprobaría apresuradamente esta semana, no contemplaba taxativamente la destrucción de todas las armas entregadas o recuperadas, como única manera de garantizar la disminución del altísimo volumen de circulación de estos instrumentos de la muerte y dolor en nuestro país.
La destrucción de armas como orientación fundamental para cualquier ley de este tipo es vital en nuestra realidad, pero los programas de desarme civil, de recuperación, y la posterior destrucción, se enfocan en los últimos momentos en el ciclo de utilización de las armas.
A grandes rasgos, este ciclo es: producción, venta, uso, desincorporación/destrucción.
Parecería lógico que la propuesta de Ley que evalúa la Asamblea Nacional contemplara mecanismos de control en todo el ciclo arriba mencionado, ya que controlando todo el ciclo, se evita de manera más activa y efectiva la proliferación y mal uso de las armas de fuego y las municiones.
Lamentablemente, a la propuesta a punto de ser votada en la Asamblea Nacional le falta, también, incluir muchas previsiones en todos estos ámbitos ya que únicamente determina que el Estado sea el único productor de armas, individualmente o en empresas mixtas, y sea el único importador, pudiendo autorizar a otros actores para tal fin, dejando como únicos delitos la producción ilícita, y la importación ilícita (es decir, aquellas no realizadas o autorizadas por el Estado).
Venezuela produce e importa armas y municiones desde hace años, con base en la única Ley vigente sobre la materia: la vetusta Ley Sobre Armas, firmada el 12 de Junio de 1939 ¡Hace 71 años!. Toda la regulación a las actividades de producción e importación se efectúa, considerando el espíritu de esta vieja legislación, a través de resoluciones, reglamentos u otro tipo de directrices producidas por los entes que tienen la potestad única de producir o importar directamente, o de autorizar tales actividades.
Si estas actividades, que de manera directa afectan los derechos humanos de todas y todos los venezolanos no se limitan claramente en una Ley, tanto las faltas como las responsabilidades quedarán siempre a merced del interés de los que controlan tales actividades. No es por desconfianza, pero en ningún sector usted verá que las normas más importantes las emiten, certifican, y juzgan, los mismos que deben ejecutarlas.
Obviamente, si un actor no autorizado produce o importa armas está cometiendo delitos que deben, como efectivamente se propone, ser penados. Pero ¿Cómo garantizamos que el actor autorizado coadyuve a la disminución de la proliferación y mal uso de armas y municiones? ¿Por qué no dejamos en claro cuáles son las responsabilidades y limitaciones de los entes que puedan producir o importar armas y municiones?.
Pregúntese por ejemplo, ¿Cuántas balas de calibre 9 milímetros -el favorito para matar y dejar a miles heridos en nuestro país- fueron autorizadas para producirse o importarse en el país? ¿Por qué tales cantidades? ¿Qué tipo de marcaje, registro y mantenimiento de registro se aplica tanto para armas recibidas cómo para municiones?.
¿Qué procedimientos deben seguirse para autorizar importaciones, o el tránsito de armas hacia otro país por nuestro territorio? ¿Cuáles medidas de seguridad existen en la línea de fabricación, depósito y arsenales? ¿Dónde se encuentran las penas a cualquier falta que pudiere indentificarse?
Nuestro país, especialmente en esta década, ha pedido y abogado por mecanismos y prácticas a escala mundial y regional de controles sobre marcaje, rastreo, mantenimiento de registros de la producción de armas y municiones; control, seguridad y manejo de arsenales; regulación de las actividades de intermediación de transferencias de armas, entre un largo etcétera.
Sería congruente, además de necesario y prioritario, que se propiciara una legislación de control de armas integral, que pueda proponer controles a las armas desde su producción e importación, a todos los actores que intervienen en estos procesos, para que se garantice que todos asumen las medidas necesarias para evitar que tales armas y municiones maten e hieran a nuestra gente.
También sería congruente, necesario y prioritario que existan instancias de control, por ejemplo, a nivel parlamentario, del cumplimiento de todas las medidas que velan por la producción e importación de armas en el país.
Estableciendo reglas claras, con rango de Ley, aplicándose a todo el ciclo de utilización de las armas, y verificadas por actores representantes de los ciudadanos, también lograremos menos muertes, lesiones, y dolor en las familias venezolanas

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